Tras las rejas: ¿a quiénes absolverá la historia?
No todos los presos políticos son, o devienen, héroes. Se requiere coherencia en la vida y no todos son absueltos por la historia. Comparemos el fenómeno en diferentes tiempos y circunstancias: la prisión política de los moncadistas (1953), la de los años sesenta con la Revolución, la de Los Cinco en USA (1998-2011/2014) y la actual en Cuba. Enfocaré el análisis ahora en las dos primeras, atendiendo a: hechos, proceso judicial, medios, situación en prisión y resultados.
El preso político es la persona a la que se encarcela sin haber cometido necesariamente un delito. Con frecuencia, su prisión se justifica con delitos comunes, por lo general fabricados. Sus ideas y actos son percibidos como amenazas por el sistema político y casi siempre pasan por juicios sesgados o son encarcelados por decisiones de gobierno.
En Cuba, con independencia de que muchos presos comunes también están encarcelados injustamente, los presos políticos, como en otras partes, por lo general son moralmente diferentes y reciben peor trato. El Partido/Gobierno/Estado pretende castigar, que desistan o se conviertan en «no personas», para escarmentar.
No hay peor castigo para un ser humano que la prisión, de ahí que sea una preocupación mundial. Vivimos en una época donde los derechos humanos son paradigma y la prisión política constituye una herramienta de opresión utilizada sistemáticamente por regímenes autoritarios para sofocar la disidencia y perpetuarse en el poder.
Por eso, desde 2012 la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, definió cinco características para acreditar a un preso político. Con una basta, pero gran parte de los presos por motivos políticos en Cuba las cumplen todas. Esas cinco características son: 1) Cuando en la detención se ha violado alguna de las garantías fundamentales de los derechos humanos, y en particular cuando estas afectan a la libertad de pensamiento, conciencia, religión, expresión o información y reunión o asociación; 2) Cuando la detención se ha hecho por razones políticas y no se corresponde con un delito tipificado como tal; 3) Si por motivos políticos se da una desproporción importante en la duración de la detención; 4) Si por motivos políticos el sujeto es detenido de forma discriminatoria en comparación con otras personas y 5) Cuando el procedimiento ha sido claramente injusto y se puede relacionar con motivos políticos de las autoridades.
Dos años después (2015) se aprobaron las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela). La tercera y la quinta rezan: «(…) el sistema penitenciario no deberá agravar los sufrimientos inherentes a tal situación» y «El régimen penitenciario procurará reducir al mínimo las diferencias entre la vida en prisión y la vida en libertad», además de destacar el compromiso con «el respeto a su dignidad como ser humano». El gobierno cubano entiende esto al revés.
La mayoría de los presos políticos cubanos, lo son también de conciencia. Esta categoría corresponde ―desde 1961― a cualquier persona a la que se impida físicamente ―por encarcelamiento u otras fórmulas― expresar, sea mediante palabras o símbolos, una opinión honesta, y que no defiende ni justifica la violencia personal. De ese modo son violados los derechos a la libertad personal, de conciencia y expresión. Visto así, el gobierno ha convertido la Isla en una gran cárcel de conciencia.
Al Estado le resulta difícil aceptar que tiene presos políticos y de conciencia, tienden a negarlo, como hizo recientemente el vicecanciller Alejandro Ramírez. Aunque según la ley todos tienen derecho a juicio justo y garantías, esto generalmente no se cumple. Como la violencia no es fácilmente defendible, a menudo, si el acto es violento, los gobiernos alegan que se trata del miembro de un grupo terrorista, subversivo o rebelde. Eso explica el esfuerzo del gobierno en identificar/provocar/inventar actos de violencia en manifestaciones pacíficas y entre la oposición.
Los Moncadistas
En 1953, los atacantes al cuartel Moncada ―segunda fortaleza militar cubana en importancia―, recibieron condenas de entre seis meses y quince años, esta última para Fidel Castro. Fue una acción que provocó muertos, heridos y asesinados a posteriori por aquella dictadura. Sin embargo, solo cumplieron veintidós meses de cárcel, pues ante la presión popular e internacional fue aprobada una amnistía que los liberó a todos.
La prisión transcurrió en la cárcel de mayor seguridad de entonces: el Reclusorio Nacional para Hombres de Isla de Pinos (Presidio Modelo). Y a pesar de sus quejas en el juicio, por la poca prensa (solo seis medios) y el corto tiempo con sus abogados, etc., hubo juicio, un jurado accedió incluso a ciertas peticiones suyas y algunos fueron absueltos.
No existían en aquella etapa las regulaciones internacionales mencionadas. No obstante, y aunque se había profanado el orden constitucional, en los Estatutos Constitucionales de 1952 se reconocía la figura del preso político con el compromiso ―artículos 25, 26, 27 y 42―, de un trato digno, separados de los comunes, con diferente reglamento y cero trabajo e incomunicación.
Pero mejor que las leyes, informan las imágenes y cartas, especialmente las de Fidel Castro. Constan en ellas la pulcritud de su celda, el confort, lecturas libres (incluidos textos políticos y de marxismo), libre correspondencia y comidas preparadas por él (espaguetis con calamares rellenos, jamón con piña, y hasta bombones y cigarros H. Upman). No vestían uniforme, tenían visitas de traje, practicaban deportes, salidas a tomar el sol todos los días; rasurados, con buen peso, camisas de mangas largas, reloj de pulsera, ¡e incluso, entrevistas para la prensa y encuentros con altas figuras del gobierno!
Los epistolarios son fuentes valiosas, pero Cubadebate únicamente difunde pocas cartas, las que sirven para resaltar las cualidades del líder, la creación de un frente cívico y otros tópicos de ese tipo; extensas y con alto contenido político. ¿Por qué no publican otras tantas (1, 2 y 3) que hace años circulan por el mundo, una parte de ellas publicadas por Luis Conte Agüero en 1959?
Aquellos presos continuaron escribiendo y fecundando ideas durante su encierro. Organizaron una academia de estudios de corte ideológico y una biblioteca. Podían reunirse, intercambiar ideas, sostener correspondencia; accedían a revistas, periódicos, radio y disfrutaban de un régimen de visitas flexible, por lo general quincenal. No es una crítica, al contrario, ese trato se ajustaba a la ley y a su condición de presos políticos.
Lo que vino después
Todo cambió cuando aquellos presos políticos, recibidos como héroes, tomaron el poder en 1959. Para defenderse, Fidel Castro había invocado el «derecho a la resistencia» como principio de la filosofía política desde tiempos de Platón, en tanto derecho legítimo de los pueblos para confrontar un poder tiránico. ¿Por qué luego, estando ya en el poder, ni siquiera admite la libertad de palabra o la manifestación pacífica?
Ganaron el enfrentamiento a Batista, especialmente en base al consenso en torno a rescatar la institucionalidad del país y la democracia bajo la Constitución de 1940. Pero para el segmento élite liderado por Fidel Castro, aquello no era suficiente. En la Ley Fundamental de febrero de 1959, se mantuvieron los artículos 26 y 27 anteriores sobre los presos políticos ―violados luego recurrentemente―, y se eliminaron otros, referidos al trato a los detenidos, el carácter retroactivo de la ley y el Habeas Corpus.
Ampliaron además la pena de muerte del Art.25, hasta entonces proscrita para delitos políticos y restringida a cuestiones militares, espionaje, traición en tiempo de guerra, o terrorismo. Ahora incluía además otras categorías, hasta la de «culpables de traición o de subversión del orden constitucional (…)». Y la cuarta disposición transitoria ampliaba todavía más ese artículo 25, al incluir a «colaboradores, personas naturales o jurídicas responsables de delitos cometidos contra la economía nacional o la Hacienda Pública y los que se hayan enriquecido ilícitamente al amparo del Poder Público».
Diecisiete años después, todo se coronó con la nueva Constitución de 1976. Mayor amplitud de la pena de muerte, no reconocimiento de los «presos políticos» (ahora denominados «detenidos» o «presos») y se excluyen las ideas políticas de la condena a toda forma de discriminación. Entre tanto, los derechos a palabra y prensa son reconocidos por ley únicamente «conforme a los fines de la sociedad socialista». Ese mismo panorama fue ratificado en la Constitución de 2019.
El panorama de represión, los procesos judiciales, la prensa y la prisión política dieron un vuelco desde el primer día. El reclusorio de Isla de Pinos devino cárcel para presos políticos y de conciencia; un cementerio de hombres vivos hasta que fue cerrada en marzo de 1967.
Más de 15 000 compatriotas pasaron por allí. El hacinamiento, las golpizas, torturas y trabajo forzado se volvieron norma. Algunos de los que salieron con vida han contado horrores, incluida la colocación de cargas de TNT de factura soviética en túneles subterráneos, perforados para hacerlas detonar ante una invasión. Cuando se cerró aquel presidio, el horror se expandió a otras cárceles de la Isla. El programa Voces de Cuba y el filme Plantados dan fe del calvario vivido.
Actualidad
Antes de 1959 había en Cuba diecisiete cárceles para una población de seis millones de habitantes. Hoy existen ―según fuente medianamente actualizada―, 293 prisiones para una población que ni duplica la de entonces. Es paradójico que quienes inicialmente convirtieron cuarteles en escuelas, hoy, que se conozca, tienen veintitrés escuelas como cárceles.
Cuba es actualmente el segundo país del mundo con mayor población penal. La cifra de presos políticos y de conciencia oscila entre los 749 que reporta Justicia 11j (encarcelados) y los 1 179 que contempla Prisoners Defenders. La diferencia entre ambos valores obedece a que la segunda contempla otras dos categorías: «Condenados de Conciencia», cuando la prisión es domiciliaria o de limitación de movimiento, y «Otros Presos Políticos», cuando los motivos de la acusación y encarcelamiento se deben a la oposición política al régimen, con independencia de otras actuaciones conexas que pudieran acarrear en un sistema de derecho sanciones administrativas o penales leves. La mayoría de los presos lo son por reclamar libertad públicamente, por expresarse por diversas vías, o simplemente por filmar una protesta. Hasta hoy, varios han perdido la vida y nueve están en huelga de hambre mientras usted lee este texto.
Un artículo publicado en Granma el 14 de mayo pasado, expone lo que hizo la ciudadanía entre 1953-1955 para conseguir en veintidós meses la Amnistía para aquellos presos políticos. Cuánto potencial y capacidad de acción tuvieron familiares, sociedad civil, prensa y países latinoamericanos para presionar a la dictadura de entonces. ¿Cuál de esas cosas permite o escucha el actual régimen?
La frase del guionista británico-estadounidense Jonathan Nolan: «O mueres como un héroe, o vives lo suficiente para convertirte en villano», retrata a Fidel Castro. No murió cuando fue héroe, decidió ser artífice y conductor de un proceso que convirtió en cómplices ―activos o pasivos― a millones. La represión y la muerte echan por tierra cualquier invocación positiva, porque pisotean la dignidad humana que José Martí soñó como ley primera para nuestra República.
La historia no puede absolver a quienes hundieron a Cuba en el silencio, la miseria y la vergüenza. No han destruido solo al país, han devastado hasta el alma de la nación. Al dictador Gerardo Machado se le atribuyó la frase «Después de mí, el caos» y al monarca francés Luis XV: «después de mí, el diluvio». Significan lo mismo para Fidel Castro: certeza de lo que viene, indiferencia ante el desastre y cumplimiento del presagio. El caos se aviene con la exacerbación de la crisis, con estallidos sociales y revoluciones. De los cubanos depende que esta vez sea un caos creativo y que seamos capaces, por fin, de refundar la República martiana.
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